Si su empresa está en este listado, tiene la obligación de disponer de un Delegado de Protección de Datos

→ Las federaciones deportivas cuando traten datos de menores de edad

→ Los colegios profesionales y sus consejos generales

→ Los centros docentes que ofrezcan enseñanzas en cualquiera de los niveles, tanto públicos como privados (centros infantiles, primaria, formación profesional...)

Los centros sanitarios legalmente obligados al mantenimiento de las historias clínicas de los pacientes

→ Las empresas que traten datos a gran escala de categorías especiales de datos (salud, etnia, violencia de género, orientación sexual, afiliación sindical...)

→ Las empresas de seguridad privada

→ Las empresas que realicen una observación habitual y sistemática de interesados a gran escala de datos

→ Las autoridades u organismos públicos, excepto los tribunales que actúen en ejercicio de su función judicial

→ Las entidades que exploten redes y presten servicios de comunicaciones electrónicas

→ Los prestadores de servicios de la sociedad de la información cuando elaboren a gran escala perfiles de los usuarios del servicio

→ Las entidades de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito

→ Los establecimientos financieros de crédito

→ Las entidades aseguradoras y reaseguradoras

→ Las empresas de servicios de inversión

→ Los distribuidores y comercializadores de energía eléctrica y/o gas natural

→ Las entidades responsables de ficheros comunes para la evaluación de la solvencia patrimonial y crédito y/o prevención del fraude, incluyendo blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo

→ Las entidades que desarrollen actividades de publicidad y prospección comercial

→ Las entidades que tengan como uno de sus objetos la emisión de informes comerciales

→ Los operadores que desarrollen la actividad de juego a través de canales electrónicos